La ex vicegobernadora de Neuquén, Gloria Ruiz, fue condenada a pagar una indemnización de cinco millones de pesos más intereses, tras perder una demanda por daño moral interpuesta por Bernardo Severini, presidente de la Cooperativa Eléctrica CALF. La demanda se originó a raíz de una denuncia penal que Ruiz presentó en su contra, considerada presuntamente falsa por los tribunales.

Además del pago económico, Ruiz deberá publicar el fallo emitido por el Juzgado Civil N°4 de Neuquén en los diarios Río Negro y La Mañana de Neuquén, así como en sus redes sociales, donde también deberá eliminar toda referencia a la denuncia penal que promovió contra Severini.
El conflicto comenzó a fines de 2024, luego de que Ruiz fuera separada de su cargo por la Legislatura provincial mediante la Resolución 1219. En esa oportunidad, presentó ante la Justicia Federal de la Ciudad de Buenos Aires una denuncia penal contra un grupo de diputados, ministros provinciales y Severini —quien no ocupó ningún cargo electivo— acusándolos de integrar una asociación ilícita y de cometer delitos como abuso de autoridad, atentado contra el orden constitucional, cohecho, tráfico de influencias y lavado de activos agravado. Según Ruiz, estas acciones formaban parte de una maniobra destinada a removerla ilegalmente de su puesto.
El expediente fue derivado al fuero federal de Neuquén y posteriormente enviado a la fiscalía provincial, que dispuso su inmediato archivo el 18 de diciembre de 2024. El fiscal Diego Fermín Azcárate señaló que la denuncia “no cumple en lo más mínimo” con el requisito legal de una relación circunstanciada de hechos, ya que enumeraba delitos y sus elementos teóricos sin describir ninguna acción concreta atribuible a los denunciados. Sobre la Resolución 1219, la fiscalía la calificó como un acto legítimo de gobierno dictado dentro de las facultades constitucionales de la Legislatura, sin relevancia penal.
A pesar de estas imprecisiones y de que no se presentaron hechos investigables, Ruiz difundió públicamente la denuncia ante medios nacionales como TN y mediante sus redes sociales, señalando a Severini como supuesto responsable de graves delitos. En su defensa, la ex funcionaria argumentó que no podía considerarse falsa su denuncia dado que no existía una sentencia penal de absolución o sobreseimiento en favor del demandante.
El juez rechazó este argumento y aplicó el artículo 1771 del Código Civil y Comercial, que establece la responsabilidad por “acusación calumniosa”, donde basta demostrar que el denunciante no tuvo razones justificables para creer en la veracidad de su acusación, sin necesidad de probar que conocía su falsedad. El fallo sostuvo que “denunciar penalmente sin nunca describir un hecho material no podría atribuirse a una negligencia u olvido” y calificó la conducta de Ruiz como deliberada y tendiente a causar daño.
Durante el proceso declararon varios testigos, entre ellos periodistas, dirigentes gremiales y una legisladora provincial, quienes coincidieron en destacar la amplia repercusión mediática y en redes sociales que generó la causa, así como el fuerte impacto personal y familiar que tuvo sobre Severini. Según los testimonios, Severini evitó brindar entrevistas, redujo su exposición pública y padeció un cuadro de angustia persistente. Una pericia psicológica confirmó que el hecho constituyó un estresor psicosocial significativo, afectando su honra, reputación e identidad social, y desencadenando síntomas de somatización que se prolongaron durante un año.
Al determinar el monto de la indemnización, el juez desestimó la solicitud de Severini de recibir una “satisfacción sustitutiva” basada en el costo de pasajes aéreos internacionales, y fijó la reparación en cinco millones de pesos, más intereses del 8% anual puro desde el momento del hecho hasta la sentencia, y desde entonces aplicando la tasa activa del Banco Provincia del Neuquén.
La indemnización deberá abonarse en un plazo máximo de diez días una vez que la sentencia quede firme. Asimismo, Ruiz deberá publicar el fallo en los medios gráficos indicados y en sus redes sociales, y retirar cualquier mención a la denuncia contra Severini bajo apercibimiento de sanciones económicas progresivas por cada día de incumplimiento. Finalmente, se le imputaron las costas del juicio por haber resultado vencida.
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